01. Chile: Situación de los presos mapuche en huelga de hambre por la aplicación de la ley antiterrorista en su contra

By | 1 September, 2011

CASOS EXAMINADOS POR EL RELATOR ESPECIAL  (AGOSTO 2010 – JULIO 2011)

A/HRC/18/35/Add.1, 22 Agosto 2011

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Annex I
Chile: Situación de los presos mapuche en huelga de hambre por la aplicación de la ley antiterrorista en su contra
CHL 2/2010
 
1.         El 16 de septiembre de 2010, el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, James Anaya, llamó la atención al Gobierno de Chile sobre información recibida en relación con la situación de las personas mapuche encarceladas que realizaban una huelga de hambre en protesta por la aplicación de la ley antiterrorista en su contra. El texto completo de esta comunicación es accesible en la versión electrónica del informe conjunto de comunicaciones de los titulares de mandatos de los procedimientos especiales (A/HRC/18/51), disponible en el sitio web del Consejo de Derechos Humanos.
 
2.         Esta situación se enmarcaba dentro de la problemática general de la aplicación de la ley antiterrorista en casos relacionados con los actos de protesta social realizados por miembros del pueblo mapuche la cual ha sido objeto de observaciones y recomendaciones por parte del Relator Especial en su informe sobre la situación de los pueblos indígenas en Chile de septiembre de 2009 (A/HRC/12/34.Add.6, párrs. 40-47 y 57-62) y en su informe sobre casos examinados en 2009-2010 (A/HRC/15/37.Add.1, párrs. 136-168).
 
3.         El Relator Especial dio seguimiento a su comunicación al Gobierno de Chile sobre la huelga de hambre mediante conversaciones con el Gobierno y una declaración pública, emitida el 24 de septiembre de 2010. Posteriormente, el 5 de octubre de 2010, el Relator Especial envió otra carta al Gobierno relacionada con el acuerdo firmado el 1 de octubre de 2010 entre el Gobierno y los representantes de la mayoría de los presos mapuche en huelga de hambre.
 
Declaración pública del Relator Especial sobre la huelga de hambre
 
4.         El texto completo de la declaración pública del Relator Especial emitida el 24 de septiembre de 2010 se encuentra a continuación:
 
·         Quisiera dar a conocer a todos los interesados que en los últimos días he mantenido contacto permanente con el Gobierno de Chile, sosteniendo conversaciones y un intercambio de información acerca de la situación de las 34 personas mapuche que han estado en huelga de hambre por más de dos meses en diversos centros de la región del Bío Bío y de la Araucanía. He expresado mi más profunda preocupación por esta situación y la necesidad de avanzar hacia la solución de los varios asuntos relacionados a las demandas de las personas en huelga de hambre.
 
·         Las 34 personas en huelga de hambre se encuentran entre las 58 personas mapuche y sus simpatizantes que han sido procesadas o condenadas bajo la ley antiterrorista (Nº 18.314) de Chile. Entiendo que los presos mapuche en huelga de hambre demandan al Estado: (1) el término de la aplicación de la ley antiterrorista en causas que les involucran; (2) el término del procesamiento de algunos de los presos mapuche por la justicia militar; (3) la desmilitarización de las zonas mapuche en que las comunidades reivindican derechos humanos políticos y territoriales; y (4) la restitución de tierras ancestrales mapuche.
 
·         Tanto yo como mi antecesor, Profesor Rodolfo Stavenhagen, hemos expresado nuestra preocupación sobre la aplicación de la ley antiterrorista en este contexto y hemos hecho varias observaciones y recomendaciones específicas al respecto. Asimismo, varios órganos de tratados de los Naciones Unidas, incluyendo el Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, han expresado su preocupación por la aplicación de la ley antiterrorista en este contexto. A pesar de ello, los acontecimientos recientes de la huelga de hambre indican una falta de implementación adecuada de estas recomendaciones, y ponen en evidencia el descontento existente en torno a los problemas de fondo que dan origen a la protesta social.
 
·         Tal como he expresado anteriormente, desapruebo el uso de la violencia como medida de protesta, aún cuando la protesta sea por reivindicaciones legítimas, al igual que repruebo la falta de respeto a los derechos de los pueblos indígenas que puedan llevar a la conflictividad. A la vez, estoy más que convencido que la aplicación de la ley antiterrorista en este contexto conlleva una serie de problemas procesales y de fondo que solamente puedan agravar la situación, y que la calificación de los delitos imputados como actos de terrorismo podría ser inconducente e inapropiada dentro de la normativa internacional pertinente. Cualquier procesamiento penal de personas mapuche por hechos delictivos en este contexto debería ser a través de la justicia penal ordinaria, con todas las garantías aplicables del debido proceso.
 
·         Junto con reiterar las recomendaciones citadas, insto al Gobierno a desarrollar el máximo esfuerzo para iniciar un diálogo de buena fe con los representantes de los presos mapuche, como paso fundamental para la búsqueda de soluciones constructivas orientadas a responder a las preocupaciones y solicitudes de la huelga. 
 
·         Al respecto, he recibido información por parte del Gobierno que, con el aval de las autoridades, el obispo de Concepción está ejerciendo buenos oficios para buscar una solución concreta. Quisiera instar al Gobierno a que en ese proceso de diálogo se hagan los esfuerzos por generar la confianza necesaria para llegar a una resolución exitosa de esta situación y que se exploren todas las alternativas de soluciones jurídicas y políticas. Igualmente, quisiera instar a las personas mapuche en huelga de hambre así como los demás líderes y miembros del pueblo mapuche interesados a que también realicen esfuerzos de buena fe para dialogar constructivamente con el Gobierno a fin de encontrar soluciones a sus demandas.
 
·         Tomo nota de la información proporcionada por el Gobierno sobre los proyectos de ley para modificar la ley antiterrorista y la ley sobre justicia militar que están siendo considerados por el Congreso actualmente. Quisiera reiterar que es crucial que el Estado reforme la ley antiterrorista, adoptando definiciones precisas de los tipos penales de delitos de terrorismo ajustados a las normas internacionales aplicables, así como asegurar que las reformas de estas leyes se ajusten a los estándares internacionales sobre derechos humanos, en particular respecto al debido proceso. Considero de igual importancia es que se faciliten espacios de participación y consulta a representantes del pueblo mapuche en los procesos de reforma de estas leyes, las cuales han tenido una efecto directo sobre sus miembros.
 
·         Asimismo, he recibido información del Gobierno, respecto al anuncio del establecimiento de una mesa de diálogo paralela integrada por el Gobierno, representantes del pueblo mapuche, las iglesias católicas y evangélicas y organizaciones civiles para tratar programas de desarrollo regional.
 
·         Valorando la disposición del Gobierno de iniciar un diálogo de fondo con representantes del pueblo mapuche, quisiera señalar al Gobierno que es esencial asegurar que todo proceso de diálogo se realice en un marco de confianza y buena fe, y de acuerdo a las normas de consulta y participación que impone el Convenio 169 de la OIT en vigor en Chile.
 
·         Finalmente, reitero que los distintos poderes del Estado deben abordar, en conjunto con los pueblos indígenas, los asuntos de fondo de la actual crisis los cuales se relacionan con la falta de implementación cabal de los derechos de los pueblos indígenas especial sobre sus tierras ancestrales, recursos naturales, consulta previa, así como a la participación en las decisiones que les conciernen. Al respecto, enfatizo que la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo—que cumplió un año de vigencia en Chile—ofrecen los estándares y puntos de referencia aplicables para los procesos de diálogo y la búsqueda de soluciones a la situación actual y garantizar el respeto de los derechos de los pueblos indígenas en Chile.”
 
Comunicación del Relator Especial al Gobierno de Chile del 5 de octubre de 2010
 
5.         El 5 de octubre de 2010, el Relator Especial envió una carta al Gobierno de Chile relacionada con la información recibida sobre un acuerdo firmado el primero de octubre de 2010 entre el Gobierno de Chile y los representantes de los presos mapuches en huelga de hambre en las cárceles de Concepción, Temuco, Lebu y Valdivia, junto con información que había recibido sobre los presos mapuches en la Cárcel de Angol.
 
6.         En resumen, el Relator Especial comunicó que el acuerdo alcanzado puso de manifiesto el valor del diálogo para resolver conflictos y de la existencia de voluntad de las partes, tanto del Gobierno como de los representantes de los presos mapuches por realizar esfuerzos para llegar a acuerdos. El Relator Especial instó al Gobierno de Chile a que el acuerdo fuera implementado cabalmente. El Relator Especial valoró que el acuerdo se enmarcaba en las obligaciones de Chile bajo el Convenio No. 169 de la Organización Internacional de Trabajo y expresó su esperanza de que este avance fuera reflejo del compromiso del Estado chileno en relación con la situación del pueblo mapuche y de todos los pueblos indígenas de Chile.
 
7.         En relación a la situación de los presos mapuches en la Cárcel de Angol, de acuerdo a la información recibida, su negativa a adherirse al acuerdo respondía básicamente a la desconfianza en la efectiva implementación de un cambio en la política penal. El Relator Especial instó al Gobierno de Chile y a los representantes de los presos mapuches de Angol a persistir en el esfuerzo de diálogo a fin de consolidar lo avanzado y encontrar soluciones a las demandas.

8.         El Relator Especial reiteró al respecto de sus observaciones hechas en su declaración pública del 24 de septiembre de 2010, que era crucial que el Estado reformara la ley antiterrorista adoptando definiciones precisas de los tipos penales de delitos de terrorismo ajustados a las normas internacionales aplicables. Asimismo, reiteró que los distintos poderes del estado deben abordar, en conjunto con los pueblos indígenas, los asuntos de fondo de la crisis, los cuales se relacionaban con la falta de implementación cabal de los derechos de los pueblos indígenas, en especial sus derechos sobre sus tierras ancestrales, recursos naturales, consulta previa y a la participación en las decisiones que les conciernen.
 
Observaciones del Relator Especial
 
9.         El Relator Especial tiene conocimiento de acontecimientos recientes con relación a los presos mapuche y sobre la reforma y la aplicación de la ley antiterrorista. Al respecto, aunque percibe algunos avances importantes, se mantiene preocupado por esta situación y los asuntos subyacentes. Espera continuar en un diálogo con el Gobierno de Chile sobre esta situación.