Cases examined by the Special Rapporteur (June 2009 – July 2010)
A/HRC/15/37/Add.1, 15 September 2010
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XV. Guatemala: La situación del asesinato del Sr. Adolfo Ich Chamán
187. El 22 de diciembre de 2009, el Relator Especial sobre los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas, James Anaya, junto con la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Margaret Sekkaggya, llamó la atención del Gobierno de Guatemala a información recibida en relación con al asesinato del Sr. Adolfo Ich Chamán. El Gobierno de Guatemala respondió mediante una carta con fecha de 15 de marzo de 2010.
Alegaciones recibidas por los Relatores Especiales y transmitidas al Gobierno el 22 de diciembre de 2009
188. En su comunicación de 22 de diciembre de 2009, los Relatores Especiales transmitieron al Gobierno la información que recibieron con respecto al asesinato del Sr. Adolfo Ich Chamán, y solicitaron al Gobierno que respondiera a las alegaciones contenidas en la información a luz de los estándares internacionales relevantes.
189. De acuerdo a la información y las alegaciones recibidas:
a) El Sr. Adolfo Ich Chamán era presidente del Comité del Barrio La Unión, líder y defensor de los derechos de las comunidades indígenas Q’eqchi’ de las Nubes, la Unión y El Chupón, en el municipio de El Estor, Departamento de Izabal.
b) El 27 de septiembre de 2009, algunos miembros de la comunidad de Las Nubes estaban en camino a El Estor para reunirse con un grupo de personas de las comunidades de La Unión y El Chupón, cuando dos miembros de un grupo paramilitar que opera en la región denominado “Pro Defensa del Estor”, se habían posicionado detrás de ellos y habían disparado y matado dos vacas. Luego, dichas personas informaron al dueño de las vacas que los miembros de la comunidad eran los responsables de este crimen. El dueño pidió el apoyo de los agentes de seguridad de la Compañía Guatemalteca del Niquel (CGN) para castigarlos pero los agentes de seguridad habían comenzado a disparar a los comunitarios.
c) El Sr. Adolfo Ich Chamán, quien estaba en una reunión en aquel momento, oyó los disparos y había intervenido. Cuando se acercó a los agentes de seguridad, uno de ellos le había dicho “a vos te andamos buscando” y “con vos queremos hablar”. Luego, le machetearon el brazo y le arrastraron en dirección al terreno de la CGN. Después, un miembro de seguridad de la CGN le disparó en la cabeza y al no morir inmediatamente, otros dos miembros también le dispararon, quitándole la vida. Posteriormente, los agentes de seguridad dispararon a aproximadamente veinte miembros de la comunidad que intentaron rescatar al Sr. Adolfo Ich Chamán. Los Sres. Samuel Coc, Ricardo Acté, Alfredo Xi, Aroldo Cucul, Alejandro Acté, Luciano Choc, Héctor Choc y Guzmán Chub resultaron gravemente heridos en el incidente. Además, los agentes de seguridad del CGN detuvieron a cuatro personas y los llevaron a un cuarto. Sin embargo, los detenidos lograron escapar.
d) Este incidente forma parte de una serie de agresiones y hostigamientos en contra de la comunidad de las Nubes relacionados con una disputa territorial entre la comunidad y la CGN. Con la intención de solucionar el problema, el 24 de abril de 2009, la Gobernadora Departamental, la Sra. Luz Madbel Ramos Peña, negoció un acuerdo con diecisiete familias de Las Nubes quienes habían aceptado trasladarse a otro terreno con la condición de que se les construirían caminos, una escuela y un centro de salud, y que la CGN pagaría compensación a cada familia. Sin embargo, las diecisiete familias decidieron regresar a Las Nubes cuando las condiciones del acuerdo no habían sido respetadas. El Sr. Adolfo Ich Chamán había defendido los derechos de la comunidad Q’eqchi’ en esa disputa.
e) Antes del asesinato, el 27 de septiembre de 2009, aproximadamente a las 9:00 horas de la mañana, la Gobernadora Departamental junto con un grupo de aproximadamente ciento cincuenta agentes de seguridad de la CGN, y dos personas no identificadas, llegaron a la Comunidad para intentar convencer a los comunitarios de trasladarse a los terrenos ofrecidos por la CGN. Sin embargo, los comunitarios habían rechazado sus ofertas.
f) En la mañana del 25 de septiembre de 2009, un grupo de aproximadamente cincuenta agentes de seguridad de la CGN y algunos líderes del grupo paramilitar Pro Defensa del Estor y su cuadrilla de hombres y cuatro miembros de la Policía Nacional Civil, llegaron a Las Nubes disparando al aire. Les dijeron a los líderes de la comunidad que dejaran de trabajar porque la tierra pertenecía a la CGN. Posteriormente, agentes de seguridad de la CGN ordenaron a los comunitarios a ir al centro comunitario. Cuando los comunitarios se negaron a irse, los agentes empezaron a destruir el centro comunitario y lanzaron gases lacrimógenos y gas pimienta. Los Sres. Abelino Pan Tzir y Agustín Chub Bó resultaron heridos. Además, algunas mujeres resultaron heridas por balas de goma y por el gas pimienta. A pesar de su presencia durante el incidente, la Policía Nacional Civil no intervino para proteger a los comunitarios. Posteriormente, miembros de la comunidad hicieron una denuncia formal en relación con el incidente frente a la Policía Nacional Civil.
g) El 23 de septiembre de 2009, representantes de la CGN y su cuerpo de seguridad, de la Gobernación Departamental y del Asesor Legal, de la corporación Integración Total, de la Secretaria de Asuntos Agrarios y de la Oficina de Asuntos Agrarios de la Municipalidad del Estor, se presentaron en Las Nubes y allanaron las casas de los habitantes y sacaron fotografías de las mismas. Además, amenazaron a las mujeres de la comunidad con matar a sus esposos y que se desalojaría a sus familias si no aceptaban trasladarse a vivir a otro lugar. Se teme que el asesinato del Sr. Adolfo Ich Chamán esté relacionado con las actividades que realizaba en defensa de los derechos de la comunidad de Las Nubes.
Respuesta del Gobierno de 15 de marzo de 2010
190. El Gobierno de Guatemala respondió a la información y las alegaciones mediante carta con fecha de15 de marzo de 2010. Lo siguiente, es un resumen de la respuesta del Gobierno:
a) De acuerdo a las investigaciones que realizó el Ministerio Público, el Estado de Guatemala confirma que el señor Adolfo lch Chamán fue asesinado el 27 de septiembre del 2009, a consecuencia de heridas de arma blanca y de proyectil de arma de fuego, durante una manifestación que dio inicio al medio día por un conflicto de tenencia de tierra en el municipio del Estor, entre los pobladores Maya Q’eqchi’ de las aldeas La Unión, Las Nubes y Chupón, con guardias de seguridad privada de la empresa Compañía Guatemalteca Níquel – CGN.
b) Aproximadamente a las 16.30 horas en el mismo incidente, fueron heridos con proyectil de arma de fuego, Haroldo Cuc Chub, Alfredo Tzi lch, Alejandro Actc Coc, Luciano Choc, Germán Chub Choc, Osear Aníbal Cac Caal. De estos hechos se presentaron denuncias respectivas al Ministerio Público.
c) Por parte de los pobladores de las comunidades La Unión, Chupón y Las Nubes, se han presentado las siguientes quejas: El 28 de septiembre del 2009, exigiendo la presencia del Ministerio Público con el propósito de levantar acta y la reconstrucción de los hechos en la escena del crimen con el acompañamiento de los testigos oculares y el hijo menor del señor Ich Chamán, quien es testigo clave en este asesinato. El proceso se encuentra actualmente en la fase de investigación en la Fiscalía de Derechos Humanos, de la Unidad Fiscal de Delitos cometidos contra Activistas de Derechos Humanos, Agencia 1.
d) El 18 de enero de 2010, el Ministerio Público informó que el expediente se encuentra identificado con el número MP001/2009/127574, por los delitos del asesinato del señor Adolfo Ich Chamán y lesiones a 8 personas, a cargo de la Fiscalía de Sección de Derechos Humanos, de la Unidad Fiscal de Delitos Cometidos contra Activistas de Derechos Humanos, Agencia 1.
e) Dentro de las diligencias realizadas por el Ministerio Público, constan las declaraciones y ampliaciones a las declaraciones, informes y peritajes forenses. En cuanto a la autoría, dentro de las primeras investigaciones se ha individualizado e identificado a una persona como la responsable directa de los hechos referidos, sin perjuicio de identificar e individualizar a otros autores materiales, contra la cual se está solicitando orden de aprehensión.
f) El 28 de enero de 2010, el Ministerio de Gobernación informó que el Secretario de la División Especializada en Investigaciones Criminal –DEIC, había entrevistado a la viuda del señor Adolfo Ich Chaman, quien fue testigo directo de los acontecimientos.
g) Además, el Subdirector General de Operaciones de la Policía Nacional Civil ha implementado las siguientes medidas: (1) a partir de los días 23 y 24 de septiembre del año 2009 hasta la presente fecha, se han mantenido coordinaciones de trabajo sobre material de seguridad; (2) por orden del Jefe de la Comisaría 61 se han tenido constantes reuniones con el Subteniente de Fragatas como la máxima autoridad de velar por el orden de la ciudadanía; (3) se efectúan patrullajes poblacionales con elementos del Ejército Nacional, donde se ha identificado personas, vehículos y armas de fuego con su respectiva licencia; y (4) se da cumplimiento a los planes de despistolización, verificación de la Ley Seca y Antimaras en los horarios de las 22:00 a 01:00 horas.
Observaciones del Relator Especial
191. El Relator Especial quisiera agradecer al Gobierno por la respuesta a su comunicación y las alegaciones contenidas. Se toma nota de los pasos que ha tomado el Gobierno en la investigación de los sucesos y el enjuiciamiento de los autores de los delitos. Sin embargo, es evidente que hacen falta medidas decididas para resolver el problema subyacente de la conflictividad territorial derivada de la disputa entre la Compañía Guatemalteca del Níquel (CGN) y las comunidades indígenas Q’eqchi’ de las Nubes, la Unión y El Chupón, en el municipio de El Estor, Departamento de Izabal. Dichas medidas deben garantizar que sucesos similares de violencia no vuelvan a acaecer. El Relator Especial continuará monitoreando esta situación.