GINEBRA (12 de enero de 2011) – “Quisiera dar a conocer a todos los interesados que he mantenido comunicación con el Gobierno de Chile, sosteniendo un intercambio de información sobre la situación del pueblo rapanui en la Isla de Pascua. He expresado mi preocupación sobre las medidas de desalojo realizadas por efectivos de la fuerza pública en respuesta a los actos de reivindicación que han realizado diversos clanes rapanuis en los últimos cinco meses en la Isla de Pascua (Rapa Nui) como consecuencia de los reclamos históricos del pueblo rapanui sobre la isla. Al respecto, el Gobierno me ha informado sobre diversas medidas que ha impulsado para atender los reclamos del pueblo rapanui, incluida la realización de mesas de diálogo.
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“A pesar de lo informado por el Gobierno, es evidente que la situación sigue siendo preocupante, tal como señalan los últimos sucesos acaecidos en la Isla de Pascua, en particular lo ocurrido el 29 de diciembre de 2010. Según la información que he recibido, unas 70 personas rapanuis ocupaban pacíficamente la plaza Riro Kainga en el centro de Hanga Roa, como acto de protesta en reivindicación de sus derechos ancestrales territoriales, fueron desalojadas por un centenar de carabineros fuertemente armados, quienes golpearon a una veintena de personas, entre ellas varias mujeres y niños. Este hecho ocurrió luego de no haberse logrado un acuerdo entre el Gobierno y el Parlamento rapanui para poner fin voluntariamente la ocupación de la plaza Riro Kainga.
“Además, según la información recibida, los desalojos forzados podrían continuar ocurriendo, como podría ser en el caso de los miembros del clan Hito Rangi quienes han sido citados por la fiscalía para el próximo 13 de enero de 2011 a una audiencia pública de formalización por el supuesto delito de usurpación.
“He manifestado ante el Gobierno mi preocupación por estos hechos y los enfrentamientos violentos, junto con la amenaza de posibles desalojos futuros. Todos estos hechos que han vuelto a desestabilizar las relaciones entre el Estado y los clanes rapanui no generan un clima propicio para llevar a cabo un proceso de diálogo.
“En tal sentido, en una comunicación enviada al Gobierno el 10 de enero de 2011, les he recomendado que eviten nuevos desalojos y que la presencia policial en la Isla no exceda lo necesario y proporcional para mantener la seguridad de sus habitantes. Al respecto observo con interés la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, del 11 de noviembre de 2010, rol 343, que en su momento descartó una solicitud de desalojo contra el clan Hito, señalando que ‘los isleños se consideran legítimos poseedores de la Isla’ y que ‘no puede desconocerse que ante la magnitud de los temas que se discuten, ellos adquieren un carácter político’.
“Además, he instado al Gobierno a desplegar el máximo esfuerzo para llevar a cabo un diálogo de buena fe con representantes del pueblo rapanui con el fin de resolver, a la brevedad posible los verdaderos problemas de fondo que explican la actual situación. Considero que ello es particularmente acuciante en relación con el reconocimiento y garantía efectiva del derecho de los clanes rapanuis sobre sus tierras ancestrales, basado en su propia tenencia consuetudinaria, de acuerdo con el Convenio 169 de la OIT, del cual Chile es parte, y otras normas internacionales relevantes.
“Finalmente, he hecho un llamamiento urgente al Gobierno a tomar las medidas que sean necesarias para evitar amenazas o daños a la seguridad física de los miembros del pueblo rapanui y sancionar a las personas responsables de cualquier uso excesivo o desproporcionado de la fuerza en el curso de los operativos policiales de desalojo.
“Como Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas seguiré observando atentamente la situación de los derechos del pueblos rapanuis, manteniendo el diálogo con el Gobierno y todas las partes interesadas para contribuir a la búsqueda de soluciones de acuerdo a las normas de derechos humanos.”
El 26 de marzo de 2008, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU nombró a James Anaya Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas por un período inicial de tres años. El Sr. Anaya es Profesor de la Cátedra James J. Lenoir de Política y Derecho Humanitario de la Universidad de Arizona (EE.UU.).
Visite la página web del Relator Especial: http://www2.ohchr.org/english/issues/indigenous/rapporteur/
ACNUDH, página por país – Chile: http://www.ohchr.org/SP/Countries/LACRegion/Pages/CLIndex.aspx
Consulte la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N06/512/10/PDF/N0651210.pdf?OpenElement
Para más información y solicitudes de prensa, favor contactar a Lydie Ventre (Tel: + 41 22 917 9313 / email: lventre@ohchr.org) o escriba a indigenous@ohchr.org.